Tres años de prisión en suspenso para un hombre acusado de “grooming”

Un hombre de 44 años fue condenado ayer por la Justicia local tras ser acusado de “grooming” (ciberacoso sexual infantil) en perjuicio de una niña de 13 años. En el marco de un juicio abreviado en el que el sujeto admitió la autoría del delito y donde su defensa técnica acordó una pena con el fiscal especializado Javier Giaroli, el juez Claudio Gil le impuso una pena de tres años de prisión en suspenso. Además, se le impuso una prohibición de acercamiento a la niña y la obligación de hacer una terapia psicológica.
De acuerdo a lo que se rindió en la causa –de la que solo se pueden dar a conocer algunos detalles puesto que se busca resguardar la integridad moral y no revictimizar a la menor que fue objeto del delito–, el ahora condenado le envió (en septiembre de 2020) a través de la red social Instagram un video donde protagonizaba una escena de contenido sexual. La madre de la menor fue quien descubrió las imágenes y denunció al sujeto. A partir de allí, la fiscalía especializada en este tipo de delitos llevó adelante la investigación pertinente y acusó formalmente al hombre, que ayer recibió su sanción penal.

¿Qué es el grooming?
Es la acción deliberada de un adulto, varón o mujer, de acosar sexualmente a una niña, niño o adolescente a través de un medio digital que permita la interacción entre dos o más personas, como por ejemplo redes sociales, correo electrónico, mensajes de texto, sitios de chat o juegos en línea. Los adultos que realizan grooming suelen generar uno o varios perfiles falsos, haciéndose pasar por un niño, niña o adolescente, buscando generar una relación de amistad y confianza con él o la menor a quien quieren acosar.
En nuestro país, el grooming es un delito. El Código Penal Argentino, en su Título III de Delitos contra la Integridad Sexual, más precisamente en el artículo 131, reza: “Será penado con prisión de seis (6) meses a cuatro (4) años el que, por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contactare a una persona menor de edad, con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma”.